Proponer y aplicar, como Organismo Rector en la materia, las políticas pertinentes, a efectos de lograr la mayor eficacia y eficiencia en la estructura organizacional de la Administración Pública Provincial, así como de sus procedimientos administrativos.
Realizar el relevamiento, evaluación y diagnóstico de la Administración Pública Provincial, en lo referente a su estructura organizacional, a los fines de elaborar, en consenso con quien corresponda, los distintos proyectos de Manuales de Organización.
Evaluar las propuestas de estructuras organizacionales, así como la transferencia, creación o fusión de Organismos y otras formas que impliquen cambios en su organización, asesorando en la materia a la Superioridad sobre la necesidad o no de readecuar los Manuales de Organización.
Realizar el relevamiento, análisis y diagnóstico de los diferentes métodos del sistema procedimental de la Administración Pública Provincial, a los fines de elaborar, en consenso con quien corresponda, nuevas propuestas de Manuales de Procedimientos.
Diseñar mecanismos que permitan efectuar la evaluación de las organizaciones en función de las acciones y resultados esperados y proponer pautas para su mejoramiento.
Elaborar programas tendientes a mejorar la eficacia y eficiencia del sector público, detectando procedimientos administrativos innecesarios, excesivos o deficientes, y coordinar su reformulación en los casos pertinentes, desde el punto de vista técnico-normativo.
Organizar y mantener actualizado los registros de estructuras organizacionales y procesos administrativos aprobados, y analizar su evolución.
Asesorar a la Superioridad y a los Organismos que lo requieran, en materia de su competencia.
Participar conjuntamente con los Organismos pertinentes, en la innovación tecnológica de la Administración Pública Provincial, en materia organizacional y procedimental.
Asignar los códigos de mesa de entradas y salidas a los distintos Organismos de la Administración Pública Provincial, a su requerimiento.
Establecer los códigos identificatorios para los instrumentos legales emitidos por el Poder Ejecutivo Provincial.
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